A continuación te presentamos las dudas frecuentes que existen sobre el ETPV:
1. ¿Qué es el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV) y cómo se aplicará?
Es un mecanismo que brindará protección temporal a la población migrante venezolana, que va a permitir un proceso de regularización de todos los migrantes que se encuentren en Colombia.
Se aplicará en 2 fases:
- Se creará el Registro Único de Migrantes Venezolanos, para obtener información para su identificación y caracterización. Será de manera virtual
- Expedición del Permiso por Protección Temporal. Toda la información en este enlace
2. ¿Qué se espera del ETPV?
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Brindar un registro de mayor estabilidad a más de 1 millón 700 mil venezolanos que se encuentran en Colombia
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Que los migrantes tengan una ruta de regularización con un registro claro de quiénes son: con nombre, apellido, edad, lugar de residencia, situación socioeconómica y registro biométrico.
- Otorgar un beneficio temporal de regularización a quienes cumplan los requisitos establecidos, a través del accceso a servicios y al mercado laboral
- Facilitar tránsito del Régimen de Protección Temporal al Régimen Migratorio Ordinario
3. ¿Quiénes aplican?
1. Migrantes en situación migratoria regular en Colombia que tengan alguno de estos documentos:
• Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP)
• Permiso Temporal de Permanencia (PTP)
• Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente
• Salvoconducto de Permanencia SC – 2 (Trámite de refugio)
2. Personas en situación migratoria irregular que se encuentren en Colombia al 31 de enero de 2021. Deben aportar pruebas sobre la fecha de ingreso antes de la entrada en vigencia del Estatuto
3. Personas que ingresen a Colombia
• De manera regular por un puesto de control migratorio
• Durante los primeros dos (2) años de vigencia del Estatuto
4. ¿Cuál es la vigencia del nuevo estatuto?
Es de 10 años y el gobierno puede prorrogarlo o darlo por terminado anticipadamente.
5. ¿Cómo acceder a la protección?
Las personas deben inscribirse en el Registro Único de Migrantes Venezolanos bajo régimen de protección temporal, mediante el cual se recaudará y actualizará información para la formulación y diseño de políticas públicas a través del Proyecto RIC (Registro, Identificación y Control) de Migración Colombia.
6. ¿Qué instancia del gobierno colombiano implementará el ETPV?
Será implementado por Migración Colombia
• Es obligatorio para los migrantes que cubre el Estatuto
• No tendrá fines sancionatorios
7. ¿Cuáles son los requisitos para el registro?
• Cumplir alguna de las condiciones para la aplicación del Estatuto
• Estar en Colombia
• Presentar documento de identidad vigente o vencido (Pasaporte, Cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia)
• Acta de nacimiento (solo para menores de edad)
• Declaración expresa de la intención de permanecer temporalmente en Colombia
• Autorización de recolección de datos biométricos
¿Cuánto tiempo tengo para registrarme?
• Durante la vigencia del Estatuto y este registro se actualizará periódicamente
8. ¿Habrá un documento que se entregará?
Sí. Se entregará un Permiso por Protección Temporal (PPT), que servirá como documento de identificación para los migrantes y refugiados venezolanos.
9.¿Cuáles son las características del nuevo documento de identidad?
Es un documento plástico con la información requerida por instituciones públicas y privadas, tendrá condiciones de seguridad y no puede tenerse de forma simultánea con ningún otro permiso (PEP, PEPFF) o visa. Será expedido por Migración Colombia
10. ¿Qué necesitaré para obtener este documento?
• Estar inscrito en el Registro Único de Migrantes
• No tener antecedentes, anotaciones ni procesos administrativos o judiciales en curso
• No tener en curso investigaciones administrativas migratorias
• No tener en su contra medidas de expulsión, deportación o sanción económica vigente
• No tener en curso investigaciones o condenas por delitos cometidos en Colombia
11. ¿Cuáles son los beneficios de este estatuto?
Te permitirá permanecer en Colombia en condiciones de regularidad migratoria especiales por el término de vigencia del Estatuto
Durante su vigencia podrás ejercer cualquier actividad u ocupación legal en el país, incluidas las que se derivan de vinculación o contrato laboral
Este documento te acreditará permanencia en Colombia para acumulación del tiempo requerido para aplicar a una Visa de Residente, lo cual también aplica para titulares de PEP vigente a la fecha de entrada en vigencia del
13. ¿Cuándo entrará en vigencia la protección?
La Cancillería de Colombia debe expedir una resolución para la implementación de este beneficio, dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes a la entrada en vigencia del Estatuto
14. ¿Se seguirá expidiendo PEP?
No. No se expedirá ni prorrogará ningún PEP a partir de la entrada en vigencia del Estatuto
15. ¿Si tengo PEP podré acceder al PPT?
No de inmediato. Los PEP vigentes harán tránsito al PPT, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Estatuto. Se debe esperar que Migración Colombia establezca el mecanismo de transición.
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