Cuando hablamos de datos personales, nos referimos a toda aquella información asociada a una persona, como por ejemplo: su documento de identidad, el lugar de nacimiento, estado civil, edad, lugar de residencia, entre otros. De acuerdo al tipo de información que se comparta, los datos están divididos así:

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Foto: Freepik

 

Dato Privado: Es el dato que por su naturaleza íntima o reservada  sólo es relevante para el titular de la información.

Dato Semiprivado: Es el dato que no tiene naturaleza íntima, reservada, ni pública  y cuyo conocimiento o divulgación puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas.

Dato Público: Es el dato que la ley o la Constitución Política determina como tal.

Dato Sensible: Es el dato que afecta la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación.

 

Debes saber que: 

En Colombia, existe la ley de  "Protección de Datos Personales" que reconoce y protege el derecho que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos y que sean susceptibles de tratamiento por entidades públicas o privadas.

 

Es importante mencionar que, en el sector salud, forman parte de sus datos sensibles las historias clínicas, los exámenes de laboratorio y todos los datos relacionados con la salud,  que obliga a la protección por parte de las entidades responsables. Por regla general, dicha información no puede ser conocida por fuera del marco asistencial sin la autorización de la persona, teniendo en cuenta la información sensible que contiene.

 

Diferentes estudios demostraron que, en muchos casos, las personas LGBTIQ+ pueden ser víctimas de vulneración al derecho a la intimidad, especialmente en pruebas diagnósticas o tratamientos de ITS. En estas situaciones se estaría violando el derecho de la intimidad de estas personas, dando paso a posibles consecuencias en los distintos territorios, como: 

  • Persecusión
  • Descriminación
  • Exclusión
  • Stigma 
  • Violencia por prejuicio 

A pesar de que no se reconozca plenamente en algunos contextos, todas las personas tienen derecho a la intimidad y a proteger su vida privada. Si eres una persona LGBTIQ+ y sientes que están violando tu derecho a la intimidad y habeas data (manejo de información personal), podrías presentar una acción de tutela en contra de la entidad prestadora del servicio de salud por incurrir en acciones descriminatorias e indebido manejo de la información.

Este documento puedes presentarlo ante un juez que ejerza en el mismo lugar donde ocurrió la violación de tus derechos. También, puedes consultar los servicios de atención legal y jurídica disponibles en el mapa de servicio de InfoPa'lante haciendo clic aquí.

 

¿Cómo derribar estas barreras en el sector salud?

Desde el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) se insta a: 

  • Implementar de manera integral el enfoque diferencial y de género en escenarios de atención sanitaria
  • Promover una relación libre y espontánea que permita el reconocimiento de la identidad sexual de cada persona, garantizando la calidad y calidez de los servicios de salud 
  • En los centros de salud, se deben ofrecer los servicios que requiera la persona, independientemente de su orientación sexual o identidad de género, refiriéndose a esta por los pronombres y nombre que se autoreconozca el o la paciente.
  • Todos los servidores de salud deberían ser capacitados sobre la normatividad relacionada con los derechos de las personas LGBITQ+ y hacerlos efectivos.

 

Fuentes:

Alianza informativa Internews

Página web: Asociación de Usuarios Sanitas