El sistema de salud colombiano tiene la característica de estar formado por dos sistemas coexistentes: el el régimen subsidiado (gratuito) y régimen contributivo (privado). Ambos regímenes proporcionan cobertura universal, acceso por igual a medicamentos, procedimientos quirúrgicos, servicios médicos, odontológicos, entre otros.​

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Foto: Alcaldía de Cali

En Colombia, el régimen subsidiado es el sistema mediante el cual la población más pobre, sin capacidad de pago, tiene acceso a los servicios de salud a través de un subsidio que ofrece el Estado.

Mientras que el régimen contributivo se refiere al sistema que recoge a los trabajadores que aportan una parte de su salario para tener cobertura en salud para ellos y sus familias. Es decir, aquellas personas que tienen una vinculación laboral, con capacidad de pago, como los trabajadores formales e independientes y los pensionados.


¿Cómo puedo afiliarme al Régimen Subsidiado?

Para afiliarte debes tener aplicada la encuesta SISBEN (Sistema de Selección de Beneficiarios) que permite establecer el grupo obtenido según la encuesta.  Las personas clasificadas con el Sisbén 4 entre los grupos A01 a C18 son consideradas como pobres y vulnerables, por consiguiente, se podrán afiliar al régimen subsidiado de salud.

 

  • Si deseas que te apliquen la encuesta, puedes visitar  la oficina del Sisbén de la alcaldía del municipio donde vives. En este enlace consigues la dirección de todas las oficinas: https://www.sisben.gov.co/Paginas/oficinas-regionales.aspx.
  • También puedes solicitar la encuesta por primera vez a través del portal ciudadano del Sisbén IV
  • Si te encuentras en Bogotá, la solicitud de encuesta Sisbén también puede ser presentada en uno de los puntos de atención de Sisbén ubicados en la red CADE, para ello es necesario que lleves el documento de identidad de todos los integrantes de tu hogar, el último recibo de servicio público de energía o acueducto del lugar de residencia con la dirección actualizada, un número de teléfono de contacto y correo electrónico.

 

Por otra parte, pueden afiliarse a este régimen las personas que hacen parte de grupos especiales definidas en el Decreto 2353 del 2015 tales como:

  • Las personas que dejen de ser madres comunitarias.
  • Población infantil abandonada ICBF.
  • Menores desvinculados del conflicto armado.
  • Población infantil abandonada en instituciones diferentes a las del ICBF.
  • Comunidades Indígenas.
  • Población desmovilizada.
  • Adultos en centros de protección.
  • Población Rom o gitanos.
  • Población incluidas en el programa de protección a testigos.
  • Víctimas del conflicto armado (todos los hechos victimizantes).
  • Población privada de libertad a cargo de las entidades territoriales.

¿Qué beneficios obtengo?

  • Vacunación.
  • Atención integral a la mujer durante el embarazo, parto, posparto, lactancia y atención gratuita al recién nacido durante el primer año de vida.
  • Consultas en medicina general y especializada.
  • Diagnósticos en laboratorio clínico y radiología básicos.
  • Urgencias y hospitalización.
  • Suministros de medicamentos esenciales y de material quirúrgico, yesos y vendas.
  • Odontología (con excepción de ortodoncia, periodoncia y prótesis).
  • Atención a problemas visuales para menores de 18 años y mayores de 60 años.
  • Atención para enfermedades como cáncer, VIH/SIDA, enfermedades del corazón, renales, del sistema nervioso central, cirugías de cráneo y de columna, y la unidad de cuidados intensivos, entre otros.
  • Gratuidad en salud para niños de 1 a 5 años y adultos mayores a partir de los 65 años.

¿Cómo puedo afiliarme al Régimen Contributivo?

  • Si eres un cotizante dependiente, es decir, cuentas con un trabajo formal, el formulario de afiliación deberá ser diligenciado por tu empleador. Solo debes escoger la EPS de tu preferencia y comunicárselo a tu empleador, junto con los datos de los miembros de tu familia que quieras afiliar como beneficiarios. Esto también aplica para aprendices en etapa lectiva y productiva.

  • Si eres pensionado, debes informar al fondo de pensiones, cuál es la EPS a la que deberá entregar su cotización, que podrá ser la misma a la que venías afiliado u otra en caso de que hayas decidido cambiarte, siempre y cuando, cumplas los requisitos exigidos para esto. El fondo de pensiones debe suscribir el Formulario Único de Afiliación y Registro de Novedades para afiliarte y pagar la cotización mensual a la EPS seleccionada.

  • Si eres trabajador independiente debes afiliarte por tu cuenta a la EPS de tu elección, inscribiéndote en la misma, diligenciando el formulario respectivo y luego hacer los pagos mensuales a través de la planilla integrada.

 

¿Qué es la movilidad entre regímenes y cómo funciona?

A partir del Decreto 0780 de 2016, cuando una persona que aporta al régimen contributivo deja de trabajar y tiene SISBEN en las categorías A01 a C18, podrá pedir la movilidad al régimen subsidiado en la misma EPS; siempre y cuando presente un formulario de afiliación con los integrantes de su grupo familiar que cumplen con los niveles de A01 a C18.

Es importante que el empleador reporte a la EPS la novedad de retiro de forma inmediata por Internet, para que el usuario pueda presentar el formulario de afiliación al régimen subsidiado como máximo un día después de finalizar el contrato laboral o de terminar la protección laboral, de esta forma se podrá garantizar la continuidad del servicio.

 

¿Qué es la protección laboral?

Es una extensión (por un tiempo determinado) en el cubrimiento de los servicios de salud que se les da a los trabajadores que pierden su trabajo. Es una cobertura adicional que se da a partir del retiro laboral y se calcula según el tiempo que lleven afiliados en la misma EPS. Si su afiliación es superior a un año, la protección será de un mes; si ha sido afiliado por más de cinco años, será de tres meses.

 

 

Fuentes:

Página web: Ministerio de Salud

Página web: Alcaldía de Bogotá

Página web: Salud Capital

Página web: EPS Sura