Si eres víctima del conflicto armado en Colombia tienes derecho a una reparación integral donde se incluye una serie de medidas de asistencia dadas por el Estado de Colombia, aquí te contamos más detalladamente:

 

Salud 
Las víctimas tienen derecho a acceder a la afiliación al Sistema General de Seguridad Social, siempre y cuando no puedan pagar por ello y  quedarán exentas de cualquier cuota moderadora, o copago. En caso de no hallarse afiliadas a ningún Régimen de Salud, tendrán que ser afiliadas en forma inmediata al Régimen Subsidiado.

 

Educación
Cuando se trata de educación básica preescolar y media, las víctimas podrán acceder gratuitamente en las entidades educativas de carácter público. 
En cuanto a educación superior, las instituciones técnicas, tecnológicas y universitarias establecerán procesos de selección, admisión y matrícula para que las víctimas puedan acceder a los programas académicos. Además, las víctimas contarán con líneas especiales de crédito y subsidios en el ICETEX, y se priorizará  su participación en los cursos de formación del SENA.

 

Asistencia Funeraria 
Consiste en un apoyo para las familias que no tengan cómo sufragar los gastos funerarios  y el traslado de la víctima a su lugar de residencia y se encuentra a cargo de las Alcaldías Municipales donde ocurrió el deceso y donde residía la víctima. En el caso de la asistencia funeraria para víctimas de desaparición forzada, debe ser proporcionada por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas.

La asistencia funeraria debe prestarse inmediatamente o en el menor tiempo posible desde que los familiares tengan conocimiento de la muerte o identificación de los cuerpos o restos de la víctima de desaparición forzada.

 

Identificación 
Esta medida contempla la entrega de documentos de identidad para las personas víctimas, pues al contar con un documento de identidad se facilita el acceso a los diferentes servicios y programas ofrecidos por el Estado. De acuerdo con la edad, una persona víctima debe contar con los siguientes documentos de identificación:

  • De 0 a 6 años: Registro Civil
  • De 7 a 17 años: Tarjeta de Identidad
  • De 18 en adelante: Cédula de Ciudadanía

Si una víctima perdió su documento de identidad, tiene derecho a realizar los trámites para sacar el primer duplicado de manera gratuita, de acuerdo con la Resolución 116 de 2012 de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Entidad Responsable: Registraduría Nacional del Estado Civil

 

Reunificación familiar 
Esta medida aplica para los hogares cuyos niños, niñas y adolescentes hayan sido separados de su familia como consecuencia del hecho victimizante. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar es la entidad encargada de brindar la atención integral en lo relacionado con este derecho para el reintegro de niños, niñas y adolescentes a sus familias.

 

Orientación ocupacional / generación de ingresos 
Esta medida reúne los programas y servicios relacionados con el apoyo para el auto-sostenimiento y la estabilización socioeconómica de las personas víctimas de desplazamiento forzado. La orientación ocupacional como medida de asistencia forma parte del componente de generación de ingresos del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a Víctimas. Esta medida se complementa con los programas de empleo rural, urbano y proyectos productivos, los cuales trascienden la asistencia y se enmarcan en el proceso de la reparación. 

Las Entidades Responsables de la medida son SENA, Departamento Nacional de Planeación, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

 

Activación del mecanismos de búsqueda urgente 
Esta medida consiste en la adopción inmediata de diferentes estrategias que permitan localizar a una persona desaparecida. Si el hecho ha ocurrido recientemente, o se posee nueva información del lugar donde se encuentra la persona desaparecida, los familiares podrán solicitar la activación del Mecanismo de Búsqueda Urgente (MBU) ante las autoridades judiciales o con la ayuda del Ministerio Público. Esta solicitud podrá hacerse de manera verbal o escrita y debe incluir la siguiente información de la víctima:

  • Nombres y apellidos
  • Documento de identificación
  • Lugar de residencia
  • Cargo que desempeñaba en caso de que fuera funcionario público, así como cualquier dato que contribuya a su individualización e identificación

 

Si la respuesta a su solicitud de activación del Mecanismo de Búsqueda Urgente es negativa, un funcionario del Ministerio Público podrá apoyarla en la interposición del recurso de reposición o apelación correspondiente.

 

Fuente:

Página web: Unidad de Victimas