Las personas venezolanas que tienen hijos o hijas colombianas, no pueden acceder inmediatamente a la nacionalidad colombiana.
En Colombia, la nacionalidad por nacimiento puede ser otorgada de padres a hijos, pero no de hijos a padres. ¿Qué puedes hacer entonces para regularizar tu estatus migratorio?

En este caso, por ser padre o madre de una persona colombiana, puede optar es por una Visa de Migrante (tipo M).

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Foto: Comité Internacional de Rescate

 

¿Qué características tiene esta visa?

Esta visa tiene una vigencia de 3 años y quien la posea, puede postularse a un empleo, afiliarse a la seguridad social, adquirir bienes y servicios, entre otros derechos.

Requisitos:

1. Copia del Registro Civil de Nacimiento de tu hijo colombiano. Cuando ambos padres son extranjeros, el registro civil de nacimiento colombiano, deberá contener la anotación que indique "validez para demostrar nacionalidad" y deberá encontrarse en la base de datos de la Entidad Registral
 

2. Carta de solicitud según el caso:

* Cuando tu hijo es menor de edad: la carta debe estar firmada por el otro padre, manifestando que tú, como solicitante de la visa, estás cumpliendo con las obligaciones alimentarias correspondientes

 

* Cuando ambos padres son extranjeros, la carta debe ser firmada por ambos padres.

 

* En ausencia de consentimiento de alguno de los padres, la persona que solicita la visa debe presentar una certificación de una autoridad de familia competente , en la que se precisa que no existe medida de protección o restablecimiento de derechos y que ha estado cumpliendo una cabalidad con sus obligaciones.

 

* Cuando tu hijo es mayor de edad: Debe presentar una carta de solicitud de la visa firmada a mano alzada y con huella digital, solicitando la expidición de la visa de Migrante para su padre o madre extranjera, acompañada de fotocopia de la cédula de ciudadanía colombiana.


3. Pasaporte venezolano vigente o hasta 10 años posteriores a su fecha de vencimiento. Debes demostrar que te encuentras en situación migratoria regular y presentar el último sello de ingreso a Colombia

4. Si al momento del nacimiento del niño o la niña, te encontraste en Colombia, debes traer la visa de la cual eras titular. 

 

5. Certificado de movimientos migratorios del padre y de la madre del menor expedido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia

 

6. Demostrar solvencia económica mediante extractos bancarios de los últimos 6 meses, y fuente de ingresos.


7.
Una foto de 3x4 cm, a color, con fondo blanco, reciente, de frente, sin accesorios y el rostro despejado
 

8. Llenar el formulario electrónico de solicitud de visa

 

¿Cómo se hace la solicitud?

La solicitud la debe hacer por internet, a través de la página de  www.cancilleria.gov.co y debe disponer de al menos 30 minutos para llenar la solicitud. Es importante que haga el procedimiento desde una computadora y no desde el celular. 

Ten en cuenta que tu fotografía debe estar en formato JPG, con un peso máximo de 300 KB. Los demás documentos deben estar escaneados de forma individual en formato PDF, legibles y se sugieren en blanco y negro. El peso máximo permitido para el total de documentos adjuntos a una solicitud es de 5MB.

 

Importante: La presentación de documentos ilegibles, alterados, incompletos, o que puedan inducir un error, podrá causar la inadmisión o negación de la solicitud de visa.

 

Al tener todos estos documentos listos, ingresa a este enlace https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/solicitarVisa.xhtml  y sigue las instrucciones para llenar el formulario

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Luego de llenar el formulario, la plataforma de Cancillería generará un número de referencia, con el cual procederá a realizar el pago dentro de los diez (10) días del calendario siguiente. En caso de que no efectúes el pago en el plazo establecido, se interpretará como desistimiento de la solicitud y, por tanto, se dará por terminado el trámite.

 

Si tienes dudas de cómo llenar el formulario, puedes revisar esta   guía de orientación 

 

¿Cuánto cuesta la visa?

  • El estudio de la visa tiene un valor de  54.92 dólares. Se paga en pesos colombianos al cambio del día. 
  • La expedición de la visa tiene un valor de 270.4 dólares. Se paga en pesos colombianos al cambio del día. 

 

* El pago del estudio de la visa lo puedes hacer por medio de una sucursal bancaria en Colombia, cajero Servibanca o un pago en línea por medio de tarjeta de crédito Visa.

 

¿Cuánto tiempo debo esperar para saber si fue aprobado?

Una vez que la solicitud, cargue los documentos exigidos y haga el pago correspondiente al estudio de la solicitud, la Autoridad de Visas e lnmigración tendrá hasta treinta (30) días calendario para emitir el pronunciamiento. Debes saber que, cuando el proceso de estudio y verificación de documentos requiera elevar consultas a otras entidades, el tiempo de respuesta podrá exceder dicho plazo

 

Recuerda: Con el número del trámite puedes ver el estado de tu solicitud ingresando al enlace adjunto con la información que te fue enviada al correo electrónico.

 

Después que es aprobado ¿qué debo hacer?

Debes pagar la expedición de la visa por el mismo medio de pago por el cual pagaste el estudio.

 

¿A dónde me llega la visa?

La visa M es enviada a tu correo electrónico. Sin embargo, la visa debe ser impresa en tu pasaporte. Este procedimiento se debe realizar en Bogotá, en la siguiente dirección:  Avenida 19 Nº 98 – 03 Edificio Torre 100 Piso 3º,  de 7:30 am a 12:00 del mediodía.  Este procedimiento es gratuito.

 

Si no puedo ir a Bogotá ¿qué hago?

Puedes enviar tu pasaporte original con un permiso especial notariado a un apoderado que viva en Bogotá (un abogado o algún familiar colombiano o venezolano con permanencia regular en Colombia). El horario para estampar la visa a apoderados es de lunes a viernes, de  11:00 am a 12:00 del mediodía. Si te encuentras en otra ciudad, debes investigar si existen oficinas espejo de Cancillería en la que puedes retirarla. 

 

Ya tengo la visa estampada en el pasaporte ¿qué sigue?

Debes dirigirte a una oficina de atención migratoria de  Migración Colombia  para solicitar la expedición de tu cédula de extranjería , que tendrá el mismo tiempo de validez que el de tu visa. Este documento tiene un costo de 217.500 mil pesos. 

 

¿Está obligado a sacarla?

Si. Además, debe tramitarla hasta 15 días hábiles después de la aprobación de la visa. Este será tu documento de identificación en Colombia, con el que podrás afiliarte al sistema de seguridad social (EPS, pensión, etc), abrir tu cuenta bancaria, solicitar un servicio público, etc. 

 

Te contamos que:

  • Con la Visa tipo M y con un periodo mínimo de residencia de dos (2) años en Colombia, puede solicitar la Visa de Residente por tiempo acumulado.
  • Cuando se evidencie que el solicitante de visa tiene en curso una solicitud de reconocimiento de la condición de refugio , la Autoridad de Visas e lnmigración, inadmitirá la solicitud de visa hasta que se determine el resultado de la solicitud de refugio.
  •  Esta visa permite a su titular principal solicitar visa para beneficiarios

 

Recuerda:

Si tu hijo nació en Venezuela y por vínculo sanguíneo puede acceder a su nacionalidad, debes registrarlo primero en la Registraduría de Colombia, para que adquiera la nacionalidad colombiana. Si es menor de edad, luego de que tenga su registro civil de nacimiento, podrá solicitar la visa de Migrante (Tipo M). Si es mayor de edad, debe esperar a que tenga su contraseña (que en Venezuela se conoce como comprobante de cédula).

 

fuentes:

Página web: www.cancilleria.gov.co

Resolución 5477 de 22 de julio de 2022